Restricciones ADR en 2022, ¡comprueba cuáles son!
En el Acuerdo sobre el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR) que se actualiza cada 2 años (las últimas novedades de ADR han sido en 2021), se establece que cada país puede establecer sus propias restricciones a la circulación de este tipo de mercancías. En nuestro país la competencia la tienen:
- Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
- Las Comunidades Autónomas a las que se han transferido estas competencias: País Vasco y Cataluña.
Tipos de restricciones ADR
Cada año, los órganos competentes publican las restricciones que afectan a su territorio. Se incluyen dos tipos de restricciones a la circulación de mercancías peligrosas:
Restricciones ADR, específicas para el transporte de mercancías peligrosas.
Otras restricciones a tener en cuenta cuando se transportan mercancías peligrosas:
- Restricciones a pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos en carretera.
- Restricciones a la circulación de: vehículos de más de 7.500 kg de M.M.A., vehículos que precisen autorización complementaria y vehículos especiales.
- Restricciones temporales a la circulación para la mejora de la seguridad vial en tramos con elevada siniestralidad.
Itinerarios alternativos (RIMP)
Los vehículos dedicados al transporte de mercancías peligrosas deben seguir obligatoriamente la Red de Itinerarios para Mercancías Peligrosas (RIMP) que se actualiza anualmente.
Solo se puede abandonar la RIMP para desplazamientos cuyo destino u origen sea:
- La base.
- El lugar de descanso diario o semanal.
- La residencia habitual del conductor.
- Para realizar operaciones de reparación o mantenimiento.
- Origen y/o destino de la mercancía.
En el caso de que sea necesario obtener un permiso especial, se solicitará a la DGT. Existen excepciones para las que no es necesario solicitarla: