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Tacógrafo digital: normativa, descansos y sanciones

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¿Has oído hablar del tacógrafo digital pero todavía no tienes claro qué es? Desde Academia del Transportista, nuestra academia para transportistas profesionales, queremos contarte en este artículo todo sobre el tacógrafo digital: qué es, cómo funciona, la normativa, y mucho más.

Si eres transportista o quieres serlo… ¡no te pierdas nuestro post, esta información puede ser muy útil para ti!

¿Qué es un tacógrafo digital?

El tacógrafo digital es un dispositivo que se encuentra en el vehículo que conduce el transportista y que registra multitud de datos, como por ejemplo: la marcha del vehículo, los kilómetros que se han recorrido, las velocidades, las pausas que se realizan y los descansos, entre otras cosas.

Cada tacógrafo digitial, sea de un fabricante u otro, tiene unas ranuras donde el conductor debe introducir una tarjeta. A continuación te contamos los detalles sobre la tarjeta del tacógrafo digital.

¿Qué es la tarjeta de tacógrafo digital?

La tarjeta de tacógrafo digital es una tarjeta inteligente que se introduce en el tacógrafo digital con el objetivo de almacenar información sobre el conductor, vehículo, etcétera.

Existen diferentes tipos de tarjeta de tacógrafo digital. Estas son las siguientes:

  • Tarjeta de conductor: es la tarjeta que identifica al conductor y la que registra su actividad de, aproximadamente, el último mes.
  • Tarjeta de empresa: es la tarjeta que identifica a la empresa y la que da la posibilidad de bloquear el tacógrafo, entre otras cosas.
  • Tarjeta de control: es la tarjeta que identifica al organismo y/o persona que realiza el control.
  • Tarjeta de centro de empresa: también es conocida como ‘tarjeta taller’ y es la tarjeta que permite la transferencia de los datos del tacógrafo digital.

Cómo funciona el tacógrafo digital

Tal y como hemos mencionado con anterioridad, el tacógrafo digital tiene una ranura en la que se debe insertar la tarjeta.

El funcionamiento del tacógrafo digital es sencillo, pues cada conductor, al comenzar su jornada laboral debe insertar la tarjeta correspondiente y, de forma manual, deberá introducir los pasos que el conductor haga en su jornada, es decir, las actividades que este realice a lo largo del día o noche.

Es importante que, si el conductor finaliza su jornada laboral en otro país, introduzca esta información para que quede reflejada en la tarjeta del tacógrafo digital.

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Normativa de Descansos tacógrafo

Antes de hablaros de la normativa de descansos, es importante que sepáis qué se entiende por el descanso en el sector del transporte.

Un descanso es el tiempo en el que un conductor profesional puede disponer de su tiempo de forma libre y, aunque hay excepciones, el descanso diario normal debe ser de 11 horas ininterrumpidas.

Los descansos también pueden establecerse semanalmente, y es importante que estos se revisen minuciosamente si se desea ser un profesional del transporte.

A continuación os detallamos los tiempos de conducción y descanso:

  • Conducción ininterrumpida: después de una conducción de 4 horas y 30 minutos como máximo, el conductor está obligado a realizar una pausa de 45 minutos ininterrumpidos, o bien de realizar una pausa de 15 minutos y después una de 30 minutos.
  • Conducción diaria: el tiempo máximo que un conductor puede conducir al día es de 9 horas, excepto dos días a la semana que este puede llegar a conducir un máximo de 10 horas.
  • Conducción semanal: un conductor no puede conducir a la semana más de 56 horas, si lo hace estará cometiendo una infracción. La semana de un conductor comienza el lunes a las 00:00 horas y termina a las 23:59 horas del domingo.
  • Conducción bisemanal: el tiempo de conducción de un conductor durante dos semanas no puede superar las 90 horas, por tanto si una semana llega a las 56 horas, en la siguiente semana no podrá superar las 34 horas.

Ahora que ya sabes las horas de conducción y descanso, ¿Te preguntas por qué son importantes los descansos en el tacógrafo? Son importantes porque estos descansos se verán reflejados en la tarjeta de tacógrafo digital y si no se cumplen pueden conllevar sanciones, de las que te hablaremos a continuación

No obstante, antes hacemos un repaso de los cambios que ha sufrido el reglamento que regula el tacógrafo digital recientemente.

  • Se amplían exenciones en vehículos hasta 7.500 kg, si la actividad principal del conductor o conductora no es conducir.
  • Pausa de conducción en doble tripulación con vehículo en marcha, es decir, si estás acompañando a otro conductor se te computarán antes de volver a ponerte al volante.
  • Los periodos de descanso semanal normal no podrán hacerse en las cabinas. Aunque esto ya lo contemplaba la normativa, ahora se incluye una novedad: esos descansos deberán realizarse en un establecimiento apropiado y con todos los gastos de alojamiento fuera del vehículo cubiertos por el empresario.
  • Los descansos en Ferry o tren se incluyen a los descansos semanales reducidos, es decir, que ese periodo de Ferry o tren te computará en ese periodo de descanso semanal reducido.
  • Se permitirá superar los tiempos de conducción diaria y semanal si es para tomar descansos semanales.

En lo que se refiere a transporte internacional, también se apuntan cambios importantes:

  • Las furgonetas de más de más de 2.500 kg de MMA también tendrán que llevar tacógrafo y estarán sometidos a los tiempos máximos de conducción y mínimos de descanso.
  • Se permitirán dos descansos semanales reducidos consecutivos.
  • Se obligará al retorno a casa (base o lugar de residencia) cada cuatro semanas, por tanto no podrá un conductor estar fuera del territorio nacional más de ese tiempo. Las empresas de transporte deberán organizarán el trabajo de los conductores de tal manera que, cada periodo de 4 semanas consecutivas, estos puedan regresar al centro de operaciones del Estado Miembro del empresario

Aunque los cambios en la normativa son más numerosos, estos son solo algunos de los puntos más destacados.

Si lo quieres ver más completo aquí tienes el REGLAMENTO (UE) 2020/1054 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 15 de julio de 2020 por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 561/2006 en lo que respecta a los requisitos mínimos sobre los tiempos de conducción máximos diarios y semanales, las pausas mínimas y los períodos de descanso diarios y semanales y el Reglamento (UE) n.o 165/2014 en lo que respecta al posicionamiento mediante tacógrafos.

Sanciones tacógrafo

Todos los conductores, independientemente de que conduzcan autobuses o camiones de transporte, deben cumplir con las normas del tacógrafo digital, de lo contrario estos profesionales pueden enfrentarse a las sanciones del tacógrafo.

Las sanciones pueden darse por alguna de las situaciones que citamos a continuación:

  • No llevar un tacógrafo o cualquiera de sus elementos obligatorios, como la tarjeta.
  • No utilizar el tacógrafo digital instalado en el vehículo.
  • Llevar un tacógrafo que no está homologado.
  • Mal uso del tacógrafo o de alguno de sus elementos.
  • No realizar las revisiones periódicas necesarias del tacógrafo.
  • Reparar el tacógrafo en un taller no autorizado.
  • Uso del tacógrafo, sea analógico o digital, sin los datos obligatorios.
  • Conducir con el tacógrafo estropeado durante un periodo superior a los 7 días.
  • Llevar una hora en el tacógrafo diferente a la del país de la matriculación.
  • Manipular el tacógrafo.
  • Llevar elementos mecánicos o electrónicos que alteren el funcionamiento del tacógrafo.
  • Falsificar las hojas de los registros de las tarjetas del tacógrafo.
  • Carecer de las hojas de registro de los tacógrafos.
  • Utilizar la tarjeta del tacógrafo de otro conductor profesional.
  • Utilizar una tarjeta de tacógrafo que haya expedido.
  • No insertar la tarjeta de conductor en el tacógrafo.
  • No llevar en el vehículo las hojas de registro de los tiempos de conducción.
  • No llevar la tarjeta de conductor en el vehículo, aunque se esté usando un tacógrafo analógico.
  • Usar una hoja de registro durante un periodo de tiempo más elevado al que corresponde.
  • Uso de hojas de registro no homologadas.
  • No llevar suficiente papel de impresión para las hojas de registro en el vehículo.

Tipos de sanciones

Según la normativa de tiempos de conducción y descanso, existen diferentes sanciones en función del tipo de falta que se cometa: faltas muy graves, faltas graves y faltas leves. A continuación detallamos en qué consisten estas faltas y el coste económico que puede acarrear al conductor del camión.

  • Faltas muy graves: las faltas muy graves relacionadas con los descansos son aquellas en las que se ha excedido en un 50% los tiempos máximos de conducción, o bien donde la conducción ha sido ininterrumpida. Este tipo de faltas conlleva una sanción económica de hasta 4.600 euros. En el momento en el que se detecta que un conductor a cometido una falta muy grave se procede a la inmovilización del vehículo en carretera, por lo que el conductor no puede continuar con su trabajo.
  • Faltas graves: las faltas graves son aquellas en las que el tiempo de conducción se ha excedido en un 20%. No obstante, este exceso, en algunas circunstancias puede considerarse una infracción muy grave. La sanción económica en este tipo de faltas puede llegar hasta los 2.000 euros, y al igual que sucede en las faltas muy graves, el vehículo quedará inmovilizado siempre y cuando tenga que recorrer una distancia superior a los 30 kilómetros.
  • Faltas leves: se considera una falta leve siempre y cuando el conductor se exceda en los tiempos de conducción menos de 20%. Las sanciones relacionadas con las faltas leves pueden llegar a los 400 euros.

Para más información puedes acudir al artículo 138 de la LOTT, donde además puedes consultar la responsabilidad de estas y otras infracciones.

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¿Quién debe llevar tacógrafo digital y cuáles son las excepciones?

Según comunica el Ministerio de Fomento:

“Desde el 1 de enero de 2006 todos los vehículos con un peso superior a las 3,5 toneladas o que puedan transportar a 9 o más personas, incluido el conductor, y que sean matriculados por primera vez deben montar el tacógrafo digital”.

No obstante, hay algunas excepciones a esta normativa. Estas excepciones son las siguientes:

  • Vehículos que transporten viajeros en un trayecto inferior a los 50 kilómetros.
  • Vehículos que no superen los 40 kilómetros/hora.
  • Vehículos adquiridos por miembros de fuerzas armadas, bomberos, seguridad civil, etcétera, siempre y cuando la se realice bajo su responsabilidad y como consecuencia de sus funciones.
  • Vehículos especiales, como por ejemplo: vehículos médicos.
  • Vehículos para soluciones averías, siempre y cuando no superen un trayecto de 100 kilómetros.
  • Vehículos que tienen el objetivo de someter a prueba las carreteras, etcétera.
  • Vehículos considerados “históricos”.

Ahora que ya sabes algunos de los detalles más importantes sobre el tacógrafo digital no tienes excusa… ¡ponlo ya! De lo contrario te puedes enfrentar a grandes sanciones.

Por último, recuerda que si quieres formarte como conductor profesional y dedicarte al transporte de viajeros o mercancías puedes prepararte en Academia del Transportista. ¡Fórmate con los mejores!

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