Campaña de Tráfico para recordar la obligatoriedad de la DEV
La Dirección General de Tráfico ha establecido como plazo máximo el día 1 de noviembre para que las personas jurídicas, titulares de algún permiso de circulación o bien arrendatarias a largo plazo de algún vehículo, se den de alta en la Dirección Electrónica Vial.
La obligación no es nueva pero el incumplimiento reiterado (con base en lo establecido en el artículo 60 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial) ha llevado a la DGT a lanzar el ultimátum mediante una campaña, que estará activa durante el mes de octubre, recordando a las empresas, entre ellas las autoescuelas y las compañías de servicios de transporte, que además de relacionarse con la DGT (Dirección General de Tráfico) de forma electrónica tal y como establece el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, también deberán hacerlo a través de la DEV.
Alta con certificado digital
Para darse de alta en la Dirección Electrónica Vial tan sólo es necesario disponer de un certificado digital en vigor. Este certificado podrá ser emitido por cualquiera de los prestadores de servicios de certificación reconocidos por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Además de realizar el trámite de alta, se les solicitará a las personas jurídicas que aporten un correo electrónico y/o un teléfono móvil para poder recibir los avisos de puesta a disposición de las notificaciones que tengan pendientes de leer.
Si no es posible realizar el trámite de alta en la DEV, la Dirección General de Tráfico asignará a la empresa una Dirección Electrónica Vial donde recibirá todas las notificaciones de tráfico. Es importante saber que, si la DGT asigna la DEV de oficio, no podrá enviar los avisos de las notificaciones que pueda tener pendientes la persona jurídica, a su propio email o teléfono, y sin embargo estas se considerarán como notificadas transcurridos el plazo de 10 días.
Buzón electrónico
La obligación de darse de alta en la Dirección Electrónica Vial solo afecta a las personas jurídicas (empresas) que podrán encontrar, en la página web y en las redes sociales de la Dirección General de Tráfico, toda la información al respecto. La campaña divulgativa de la DGT se desarrollará durante el presente mes de octubre.
La Dirección Electrónica Vial (DEV) es un buzón electrónico que permite consultar, a todas las personas jurídicas que estén dadas de alta, las notificaciones de tráfico y los avisos e incidencias relacionados con las autorizaciones administrativas que Tráfico deba hacerles llegar. Las notificaciones telemáticas tienen los mismos efectos que las notificaciones enviadas en papel.
Ventajas de la DEV
Entre las ventajas de tener la DEV se encuentran la de evitar sorpresas ante multas inesperadas, conocer el estado del expediente sancionador, facilitar trámites como el de alegar, pagar o identificar al conductor del vehículo que ha cometido una infracción, evitar desplazamientos para recibir notificaciones o realizar los trámites derivados, evitar la vía ejecutiva de las sanciones impagadas (evitando recargos), recibir diferentes avisos relacionados con los vehículos (como las alertas de seguridad de los fabricantes), etc.
Más información
Si quieres obtener más información en este video podrás ver las principales claves de la Dirección Electrónica Vial: