Consejero de Seguridad de Mercancías Peligrosas: Responsabilidades y Elaboración del Informe Anual 2024

Tabla de contenidos

Hasta el 31 de marzo de 2025, todas las empresas involucradas en el transporte, carga o descarga de mercancías peligrosas, incluidos los transportistas autónomos, están obligadas a presentar el Informe Anual 2024. Esto incluye a aquellas con actividades como almacenamiento de gasóleo en depósitos de más de 1.000 litros, estaciones de servicio, cabezales de riego con ácido nítrico o fosfórico, y almacenes de suministros agroquímicos.

El Consejero de Seguridad es el responsable de elaborar este informe y de garantizar el cumplimiento de la normativa aplicable, incluyendo la evaluación de los requisitos del ADR (Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera). Además, debe presentar informes sobre incidentes y accidentes, así como proporcionar formación al personal implicado en el embalado, carga, transporte y descarga de estas mercancías.

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Contenido del Informe Anual

El informe anual debe ser remitido de forma telemática a través de la aplicación del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Es necesario contar con un certificado electrónico y una clave de identificación facilitada por la Comunidad Autónoma donde radique la sede de la empresa.

El contenido mínimo del informe se detalla en el Anexo de la Orden FOM/606/2018 e incluye:

Datos generales de la empresaRazón social. CIF. Actividad principal. Ubicación de los centros operativos.
Descripción de las actividadesTipos de mercancías peligrosas transportadas. Cantidades gestionadas. Modalidades de transporte utilizadas.
Incidencias y accidentesRelación de accidentes ocurridos. Causas. Medidas adoptadas para prevenir futuras incidencias.
Medidas de seguridad implementadasEquipos y procedimientos utilizados. Formación impartida a los empleados.
Auditorías y revisiones internasResultados de las inspecciones realizadas. Acciones correctivas implementadas.
Cumplimiento normativoVerificación de conformidad con el ADR. Certificados y permisos actualizados.
Recomendaciones del Consejero de SeguridadSugerencias para mejorar la seguridad y eficiencia en las operaciones. Propuestas de inversión en formación y tecnología.

Es obligatorio conservar una copia del informe por cinco años.

Marco Normativo

El cumplimiento de la normativa es clave para evitar sanciones. Las empresas deben ajustarse a las siguientes disposiciones:

  • R.D. 1566/1999, sobre la designación de Consejeros de Seguridad.
  • R.D. 97/2014, regulador del transporte de mercancías peligrosas por carretera.
  • ADR 2025, regulación internacional vigente.
  • Ley 29/2003, que tipifica como infracción muy grave la falta de un consejero de seguridad cuando es obligatorio.

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