FP de Transporte: El Transporte de Mercancías.

El Transporte de Mercancías en la FP de Transporte
Tabla de contenidos

Debes conocer los siguientes conocimientos en la FP de Transporte y convertirte en Jefe de Tráfico de Mercancías.

Transporte de Mercancías Peligrosas dentro de la FP de Transporte.

Las mercancías peligrosas son sustancias u objetos que representan riesgos para la salud, la seguridad, el medio ambiente o las propiedades. Se clasifican en 9 clases según su naturaleza y peligrosidad, conforme al ADR (Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera):

  1. Explosivos: Riesgo de explosión o reacciones exotérmicas.
  2. Gases: Inflamables, no inflamables/no tóxicos, y tóxicos.
  3. Líquidos inflamables: Ej. gasolina, tolueno, pinturas.
  4. Sólidos inflamables: Incluye sustancias autorreactivas o que reaccionan con el agua.
  5. Comburentes y peróxidos orgánicos: Favorecen la combustión y pueden descomponerse violentamente.
  6. Tóxicas e infecciosas: Pueden dañar la salud humana por exposición o contener agentes patógenos.
  7. Radioactivas: Contienen radionucleidos en concentraciones peligrosas.
  8. Corrosivas: Dañan tejidos, materiales u otras mercancías.
  9. Diversas: Peligros no clasificados antes (hielo seco, pilas de litio, etc.).

Etiquetado: Cada clase tiene una etiqueta específica para identificar fácilmente el tipo de riesgo.

Documentación requerida:

  • Del conductor: Permisos, DNI, autorizaciones ADR, documentación del vehículo.
  • De la carga: Carta de porte con detalles del contenido, instrucciones escritas para emergencias.

Certificados importantes:

  • Certificado ADR del vehículo: Autoriza el transporte de mercancías peligrosas.
  • Certificado de formación del conductor: Acredita formación específica y válida por tiempo limitado.

Regulación: La normativa exige que tanto vehículos como conductores cumplan con requisitos específicos y formación obligatoria para garantizar la seguridad en el transporte de estas mercancías.

etiquetas mercancías peligrosas en la fp de transporte

Transporte de Producto Perecedero en la Capacitación Profesional del Transporte de Mercancías.

-Marco Normativo

  • El transporte de alimentos, especialmente los perecederos, está regulado por estrictas normas internacionales para garantizar su inocuidad.
  • El Real Decreto 1202/2005 establece que los alimentos perecederos deben transportarse bajo temperatura controlada.
  • Se requiere documentación específica, certificados, normas técnicas y vehículos adecuados.
  • Se aplican normativas tanto generales como sanitarias, además del control por parte de autoridades competentes.

-Código Alimentario

  • Regula las condiciones básicas para la preparación, conservación, envasado, transporte y consumo de alimentos.
  • Define qué se considera alimento y establece estándares mínimos.
  • Su aplicación es nacional, independientemente del origen o destino del producto.

-Acuerdo ATP

  • Es el Acuerdo sobre Transportes Internacionales de Productos Perecederos, hecho en Ginebra en 1970 y en vigor en España desde 1976.
  • Aplicable cuando el transporte involucra al menos dos países firmantes.
  • Establece condiciones técnicas que deben cumplir los vehículos para asegurar el buen estado de los productos.
  • No impone sanciones directamente, pero permite que los países firmantes apliquen medidas legales.
carne

-Temperaturas Recomendadas

  • Productos congelados: conservar entre -18 ºC y -25 ºC (pescados, helados, etc.).
  • Carnes, leche y derivados: se usan ciclos térmicos, no solo temperatura constante (ej. carne de cerdo entre 2-7 ºC).
  • Frutas y hortalizas: distintas temperaturas según sensibilidad al frío y producción de etileno (de 2 ºC a 15 ºC).

-Tipos de Vehículos ATP

  • Isotermo: con paredes aislantes que limitan el intercambio de calor.
  • Refrigerante: isotermo con sistema pasivo para mantener el frío.
  • Frigorífico: isotermo con unidad activa de frío, mantiene de +12 ºC a -20 ºC.
  • Calorífico: isotermo con sistema de calefacción, mantiene al menos 12 ºC.
  • Todos deben pasar inspecciones iniciales y periódicas (cada 6 años), realizadas por organismos autorizados o ITV.
vehículos isotérmicos

Transporte con exceso de peso o dimensiones dentro de la Formación Profesional de Transporte.

-Directiva Europea 96/53/CE (modificada por 2015/719)

  • Regula los pesos y dimensiones de los vehículos industriales en la Unión Europea.
  • Se permite superar los límites actuales para mejorar la eficiencia energética y la seguridad vial.
  • Cambios destacados:
    • Nuevas cabinas más aerodinámicas y seguras (menos puntos ciegos).
    • Uso de alerones traseros retráctiles para reducir la resistencia al viento.
    • Obligación de homologación de los nuevos diseños antes de su comercialización.
    • Aplicación de nuevos requisitos técnicos y operativos una vez definidos.

-Autorizaciones Complementarias de Circulación

  • Según el Reglamento General de Vehículos, no se permite circular con vehículos que superen los límites establecidos, salvo con autorización especial.
  • Estas autorizaciones pueden concederse por un número limitado de viajes o un tiempo determinado, y requieren informe favorable del titular de la vía.
  • Documentación necesaria para solicitarla:
    1. Tarjeta ITV vigente.
    2. Documentos de identidad y representación.
    3. Justificante del pago de tasas.
    4. Autorización de transporte o equivalente.
    5. Croquis del vehículo y distribución de carga.
  • La solicitud se presenta ante la Jefatura Central de Tráfico.
  • El conductor debe llevar siempre los documentos en vigor del vehículo, la carga y su persona.

-Señalización de Vehículos Sobredimensionados

  • Si la carga sobresale por detrás, debe colocarse la señal V-20 (panel rojo y blanco de 50×50 cm).
    • Si la carga sobresale en toda la anchura, se deben usar dos señales V-20 formando una “V” invertida.
    • En condiciones de baja visibilidad, se debe añadir una luz roja trasera.
  • Los autobuses que exceden los 12 metros deben portar la señal V-6 (placa amarilla reflectante de 130×25 cm con borde rojo fluorescente), centrada en la parte trasera.
dimensiones

Transporte de Animales Vivos en la FP de Transporte.

El transporte de animales es clave en la ganadería y está regulado para proteger su bienestar y salud.

-Normativa principal

  • Ley 8/2003: exige que transportistas y vehículos estén autorizados y registrados.
  • Real Decreto 542/2016: aplica el Reglamento europeo sobre transporte animal.

-¿A quién se aplica?

  • A transportistas y empresas que muevan animales por motivos económicos.
  • No se aplica si no hay fin económico (mascotas, visitas al veterinario, etc.).

-Obligaciones del transportista

  • Estar autorizado.
  • Usar vehículos registrados.
  • Comprobar que los animales estén en condiciones de viajar.
  • Llevar documentación (autorizaciones, datos del viaje, papeles sanitarios, etc.).
  • Tener personal formado y con certificado.

-Documentos que deben llevarse

  • Autorizaciones del transportista y vehículo.
  • Origen, destino y datos de los animales.
  • Papeles sanitarios y de identificación.
  • Registro de actividad (guardar por 3 años).
  • Cuaderno de a bordo (en viajes largos).

-Formación

  • Los conductores y cuidadores deben tener formación específica y un certificado oficial.
  • Los cursos deben ser reconocidos por la autoridad y sirven para todo el país.
animales

Transporte Internacional cabotaje dentro de la Capacitación Profesional del Transporte de Mercancías.

-Objetivo.

Crear un mercado único liberalizado de servicios de transporte, eliminando restricciones por nacionalidad o lugar de establecimiento del transportista.

-Reglamentos clave (Paquete legislativo desde 2011)

  • Reglamento (CE) 1071/2009: establece condiciones para ejercer como transportista.
  • Reglamento (CE) 1072/2009: regula el transporte internacional de mercancías y el cabotaje.
  • Reglamento (CE) 1073/2009: regula el transporte de viajeros (no tratado aquí).

-Principales novedades

  • Licencia comunitaria simplificada y unificada.
  • Obligación de contar con un gestor de transporte residente en la UE y vinculado a la empresa.
  • Refuerzo del control entre Estados sobre infracciones.
  • Posibilidad de retirar licencias o certificados por incumplimientos.
  • Definición más precisa y aplicable del cabotaje.

-Licencia comunitaria

  • La otorga el Estado miembro donde está registrada la empresa.
  • El titular conserva el original y recibe copias según el número de vehículos.
  • Requisito: tarjeta de transporte para vehículos de más de 3,5 toneladas y un responsable con título de competencia profesional.

-Excepciones (no requieren licencia)

  • Transporte postal bajo servicio universal.
  • Transporte de vehículos averiados.
  • Transporte con vehículos de hasta 3,5 toneladas.
  • Transporte de ayuda médica o humanitaria urgente.
  • Transporte en régimen de servicio privado.

-Transporte de cabotaje

  • Se refiere al transporte dentro de un país miembro hecho por una empresa de otro país miembro.
  • Ejemplo: transporte Madrid-Pamplona realizado por una empresa italiana.
  • El Reglamento 1072/2009 limita a 3 operaciones de cabotaje dentro de los 7 días posteriores a una entrega internacional.
  • Esta actividad tiene carácter temporal y está sujeta a control para evitar alteraciones graves del mercado.

Puntos de Interés en la FP de Transporte.

FP de Transporte y Logística (DAC Docencia).

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