Competencia Profesional del Transporte: Marketing, Contratos de Seguros y el Seguro de Responsabilidad Social.
Necesitas conocer los siguientes términos dentro de la Competencia Profesional del Transporte.
El Marketing dentro de la Competencia del Transporte.
El éxito de la gestión comercial radica en conocer el producto y las necesidades del cliente para maximizar la rentabilidad.
Plan de Marketing
Documento estructurado con duración de un año, incluye:
- Análisis de la situación, objetivos, estrategias, presupuestos y control.
- Debe ser flexible y basarse en una gestión previsional.
- Puede ser gestionado internamente o externalizado.
Marketing y sus Estrategias
- Marketing-mix: combinación de producto, precio, distribución y comunicación.
- Merchandising: acciones en el punto de venta.
- Segmentación de mercados: diferenciada, indiferenciada y concentrada.
- Investigación de mercados: usa métodos cuantitativos (cuestionarios) y cualitativos (hábitos y tendencias).
Publicidad y Promoción
- Publicidad: comunicación pagada para inducir una acción (puede ser directa o exterior).
- Promoción de ventas: en lanzamiento, madurez y declive del producto.
- Relaciones públicas: mejoran la imagen de la empresa.
Análisis y Regulación
- Matriz DAFO: evalúa fortalezas, debilidades, amenazas y oportunidades.
- Protección al consumidor: incluye leyes como la de publicidad y competencia desleal.
El marketing busca satisfacer necesidades, mientras que la competencia y la rentabilidad son clave en la toma de decisiones.
Los Contratos de Seguro de un Transportista.
Un contrato de seguro es un acuerdo mercantil bilateral y formal en el que el asegurador se compromete a indemnizar al asegurado por un siniestro, mediante el cobro de una prima. Los elementos clave son:
Elementos Fundamentales:
- Interés: Relación económica del asegurado con el riesgo.
- Daño: Pérdida total o parcial del interés asegurado.
- Riesgo: Posibilidad de que ocurra un siniestro.
- Siniestro: Evento que causa el daño, pero no obligatorio.
Elementos Personales:
- Asegurador: Asume el riesgo y paga la indemnización.
- Tomador: Contrata el seguro y paga la prima (puede ser diferente al asegurado).
- Asegurado: Persona expuesta al riesgo.
- Beneficiario: Persona que recibe la indemnización.
Elementos Reales:
- Riesgo: Posibilidad del hecho asegurado.
- Prima: Pago del tomador al asegurador.
- Interés asegurado: Valor del bien asegurado.
- Suma asegurada: Límite máximo que pagará el asegurador.
Elementos Formales:
El contrato debe ser escrito e incluir documentos como póliza, solicitud de seguro, proposición de seguro, y certificado de seguro.
Tipos de Seguros:
- De daños: Cubre pérdida de bienes (cosas, créditos, deudas).
- De personas: Cubre riesgos relacionados con la persona (accidentes, enfermedades, vida).
Clasificación según Indemnización:
- Objetiva: Indemnización fijada tras el siniestro.
- Subjetiva: Indemnización fijada antes del siniestro.
Otros Aspectos:
- El principio indemnizatorio asegura que no haya enriquecimiento injusto para el asegurado.
- Los contratos de seguro tienen una duración máxima de 10 años (excepto seguros de vida) y prescriben a los 2 años para daños y 5 años para vida.
- El asegurado debe comunicar cambios en el riesgo y el asegurador puede modificar o rescindir el contrato si el riesgo aumenta o disminuye.
El asegurador también puede ejercer el derecho de subrogación para reclamar a un tercero responsable del siniestro. Además, existen seguros obligatorios como el de automóvil o transporte de viajeros.
El Seguro de Responsabilidad Civil dentro de la Competencia del Transporte.
El seguro de responsabilidad civil cubre los daños materiales o corporales que el asegurado deba indemnizar a un tercero debido a una conducta humana, ya sea por culpa o no. Es obligatorio solo en actividades determinadas por el gobierno.
Seguro de Responsabilidad Civil de Automóviles:
Este seguro es obligatorio para todos los vehículos que circulen por vías públicas, y no contar con él puede resultar en multas, depósito del vehículo y otros gastos. Cubre daños a terceros en bienes públicos, y es necesario un seguro especial para pruebas deportivas.
- Responsabilidad: El propietario del vehículo es responsable si no tiene el seguro.
- Cobertura: Daños personales y materiales causados a terceros en países adheridos al convenio multilateral de garantía.
- Límites de indemnización: 70 millones de euros para daños corporales y 15 millones para daños materiales por siniestro.
- Exclusiones: No cubre daños al asegurado, propietario o conductor, ni a sus familiares hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, ni al conductor en caso de accidente.
- Conducta dolosa: El asegurador puede reclamar al asegurado si el daño fue causado por dolo o embriaguez.
Consorcio de Compensación de Seguros:
El consorcio cubre indemnizaciones cuando:
- El titular del vehículo no tiene el seguro obligatorio.
- El conductor es desconocido.
- La aseguradora está en concurso.
- También cubre a personas rechazadas por varias aseguradoras.
Otros Aspectos:
- Las responsabilidades del Estado relacionadas con la circulación de sus vehículos se cubren por la aseguradora correspondiente.
- Si el asegurador rechaza una solicitud de seguro, tiene derecho a cobrar la prima por los días en que el riesgo estuvo cubierto mientras se resolvía la solicitud.
El seguro de responsabilidad civil cubre los daños materiales o corporales que el asegurado deba indemnizar a un tercero debido a una conducta humana, ya sea por culpa o no. Es obligatorio solo en actividades determinadas por el gobierno.
Seguro de Responsabilidad Civil de Automóviles:
Este seguro es obligatorio para todos los vehículos que circulen por vías públicas, y no contar con él puede resultar en multas, depósito del vehículo y otros gastos. Cubre daños a terceros en bienes públicos, y es necesario un seguro especial para pruebas deportivas.
- Responsabilidad: El propietario del vehículo es responsable si no tiene el seguro.
- Cobertura: Daños personales y materiales causados a terceros en países adheridos al convenio multilateral de garantía.
- Límites de indemnización: 70 millones de euros para daños corporales y 15 millones para daños materiales por siniestro.
- Exclusiones: No cubre daños al asegurado, propietario o conductor, ni a sus familiares hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, ni al conductor en caso de accidente.
- Conducta dolosa: El asegurador puede reclamar al asegurado si el daño fue causado por dolo o embriaguez.
Consorcio de Compensación de Seguros:
El consorcio cubre indemnizaciones cuando:
- El titular del vehículo no tiene el seguro obligatorio.
- El conductor es desconocido.
- La aseguradora está en concurso.
- También cubre a personas rechazadas por varias aseguradoras.
Otros Aspectos:
- Las responsabilidades del Estado relacionadas con la circulación de sus vehículos se cubren por la aseguradora correspondiente.
- Si el asegurador rechaza una solicitud de seguro, tiene derecho a cobrar la prima por los días en que el riesgo estuvo cubierto mientras se resolvía la solicitud.
Puntos de Interés relacionado con la Competencia Profesional del Transporte.
–Competencia Profesional del Transportista (DAC Docencia).
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