Competencia Profesional del Transporte: Sanciones y Tiempos de Descanso.
Debes conocer los siguientes conocimientos en la Competencia Profesional del Transporte.
Hechos sancionables que debe tener en cuenta un Transportista.
Faltas muy graves (1.001 a 6.000 4.001 €)
- Exceder en más del 50% los tiempos de conducción o reducir en más del 50% los tiempos de descanso: 6 puntos menos.
- Conducir más del 50% del tiempo diario permitido o descansar menos de 4,5 horas.
- Exceder en 25% o más los tiempos de conducción semanal o bisemanal.
- Conducir más de 2 horas por encima del máximo diario permitido (excepto excepciones reglamentarias).
- Conducir 6 horas o más sin pausa.
- Reducir el descanso diario normal en más de 2,5 horas o el reducido en más de 2 horas.
- Reducir el descanso semanal normal en más de 9 horas o el reducido en más de 4 horas.
- Tomar descansos semanales largos (más de 45 horas) dentro del vehículo.
- Tomar descansos semanales largos en alojamientos inapropiados fuera del domicilio.
- La empresa no organiza el trabajo para permitir al conductor regresar a su centro operativo o residencia cada cuatro semanas.
- En transporte internacional, no permitir el regreso antes de la tercera semana tras dos descansos reducidos consecutivos.
- No compensar adecuadamente dos descansos semanales reducidos consecutivos.
Faltas graves (de 401 a 1000 €).
- Exceso de conducción: Más de 60 horas semanales o más de 100 horas bisemanales.
- Exceso de conducción diaria: Más de 1 hora sobre el máximo permitido.
- Pausa insuficiente: Conducir entre 5 y 6 horas seguidas sin pausa.
- Descanso diario reducido: Menos de 1 hora del mínimo establecido.
- Descanso semanal reducido: Menos de 3 horas en el normal o 2 horas en el reducido.
- Gastos de alojamiento: El empresario debe cubrir los costos del descanso semanal normal y los de más de 45 horas tomados como compensación si el conductor está fuera de casa.
Faltas leves (de 100 €).
- Cualquier exceso en los tiempos de conducción o reducción de descanso será sancionado, salvo que se considere grave o muy grave.
- Si la infracción se detecta en carretera y el destino está a más de 30 km, se ordenará la inmovilización inmediata del vehículo hasta corregir la situación.
Tiempos de descanso importantes en el Título del Transportista.
Descanso diario.
Los conductores deben tomar un nuevo período completo de descanso diario en las 24 horas siguientes al final del período de descanso anterior.
Período de descanso diario normal: 11 horas consecutivas.
Período de descanso diario normal fraccionado: El primer período de descanso debe ser, al menos, de 3 horas y el segundo de, al menos, 9 horas.
Período de descanso diario reducido: 9 horas consecutivas, sin necesidad de recuperar las dos restantes (sólo puede hacerse un máximo de tres veces entre dos descansos semanales).
El descanso en un día se puede hacer (24 h)
- 11 seguidas.
- 12 horas divididas:
- Primer descanso de al menos 3 horas.
- Segundo descanso de al menos 9 horas.
Descanso semanal.
Descanso semanal normal.
Tras seis períodos de 24 horas, se debe tomar un descanso semanal de 45 horas ininterrumpidas.
El descanso semanal debe comenzar antes de que pasen seis períodos de 24 horas desde el último descanso semanal.
No se permite realizar el descanso semanal normal dentro del vehículo.
La empresa debe garantizar que el descanso se realice en un alojamiento adecuado, asumir los gastos y documentar el cumplimiento de esta obligación, conservando los registros para inspecciones.
Descanso semanal reducido.
El descanso semanal reducido debe ser de al menos 24 horas ininterrumpidas.
Si no se toma un descanso semanal completo, debe compensarse en una sola vez antes de que termine la tercera semana siguiente, unido a un descanso de al menos 9 horas.
En dos semanas consecutivas, el conductor debe tomar:
- Dos descansos semanales normales (mínimo 45 horas cada uno), o
- Un descanso normal (45h) y un descanso reducido (mínimo 24 horas).
Transporte internacional:
- Se permiten dos descansos semanales reducidos consecutivos (mínimo 24h cada uno) solo si se toman fuera del país de establecimiento.
- En cada cuatro semanas, deben realizarse al menos cuatro descansos semanales, de los cuales dos deben ser normales (mínimo 45h).
- La reducción del descanso debe compensarse en bloque antes del siguiente descanso semanal normal.
Se considera transporte internacional si los dos descansos semanales reducidos consecutivos se inician fuera del país de la empresa y del lugar de residencia del conductor.
Un descanso semanal que abarque dos semanas solo puede contarse en una de ellas, no en ambas.
Puntos de Interés del Título del Transportista.
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