La sujeción de la carga, exceso de peso, normativas y sanciones
La sujeción de la carga, las multas por exceso de peso y las normativas y sanciones relacionadas con ello es un tema muy importante para todos los profesionales que se dedican al transporte de mercancías. Por ello, si eres un transportista profesional o estás pensando en serlo presta atención a nuestro post. En él vamos a contarte todo lo relacionado con este tema, te hablamos de las sanciones, de los cambios en las normativas… ¡y mucho más!
Si quieres evitar peligros en la carretera y sanciones económicas presta mucha atención a lo que te contamos a continuación.
Sujeción de la carga
La sujeción de la carga se ha convertido en uno de los motivos de inspección por carreteras más habituales, justo en un momento en el que las nuevas obligaciones, responsabilidades y sanciones se han encrudecido con el objetivo de mejorar la seguridad de las carreteras para evitar las muertes relacionadas con el transporte de mercancías.
Para ello, los diferentes estados miembro de la Unión Europea exigen que se realicen controles mucho más estrictos, para conseguir que los vehículos dedicados al transporte cumplan con la legislación vigente, por ejemplo: la legislación vigente relacionada con la sujeción de la carga.
Este se ha convertido en uno de los temas más importantes para los inspectores, puesto que una mala sujeción en la carga conlleva diferentes problemas de seguridad vial, puede provocar problemas de salud e incluso problemas medioambientales si esta carga es algún tipo de mercancía peligrosa.
¿Qué se debe tener en cuenta en la sujeción de la carga?
Para que la sujeción de la carga sea correcta en el transporte de mercancías se deberá tener en cuenta lo siguiente:
1. La sujeción de la carga debe soportar las siguientes fuerzas por la aceleración/deceleración del vehículo:
– En el sentido de la marcha: peso de la carga por 0,8.
– En sentido lateral: peso de la carga por 0,5.
– Cuando se circula en sentido contrario a la marcha: peso de la carga por 0,5.
– En general debe impedirse una inclinación longitudinal o transversal de la carga.
2. Para el reparto de la carga deben tenerse en cuenta las cargas máximas por eje, respetando a su vez la MMA el vehículo.
3. Los métodos de retención que pueden usarse para sujetar la carga son: enganche, inmovilización (local/general), amarre directo, amarre superior.
4. Tienen que tenerse en cuenta a la hora de sujetar la carga en el vehículo la resistencia de los amarres frontales, laterales, traseros y teleros cuando se usen para ello.
Inspección de la sujeción de la carga
Tal y como hemos mencionado con anterioridad, la sujeción de la carga es vital para la seguridad vial. La carga debe estar muy bien sujeta, evitando cualquier movimiento que pueda provocar un accidente en la carretera.
En la inspección que pueden realizar los Agentes de Tráfico deben comprobar que la carga efectivamente está sujeta correctamente y deberán ver cómo se comporta esta, verificando que no sufra desplazamientos ni en situaciones de emergencia.
A continuación de detallamos los tipos de inspección a los que te puedes enfrentar como transportista:
- Inspección técnica inicial en carretera: es la inspección en la que los agentes visualizan el vehículo de forma general: su estado, la sujeción de la carga y comprueban que el certificado de la inspección técnica esté vigente.
- Inspección técnica más minuciosa: son las inspecciones, como su propio nombre indica, mucho más minuciosas. En este tipo de inspecciones se debe comprobar que la carga está sujeta y, además, que no supone un peligro para los usuarios de la carretera. En esta inspección se debe comprobar que la carga está correctamente colocada, incluso en las maniobras relacionadas con el arranque y otras situaciones especiales, como por ejemplo: situaciones de emergencia en carretera.
Para poder superar ambas inspecciones, tal y como hemos mencionado con anterioridad, la carga no se debe desplazar, y mucho menos caer, de lo contrario el responsable se puede enfrentar a una elevada sanción económica. Pero, ¿quién es el responsable? ¡Te lo contamos en el siguiente apartado!
¿Quién es el responsable de la sujeción de la carga?
¿Te preguntas quién es el responsable de la sujeción de la carga? Actualmente es un tema muy controvertido porque no siempre es el propio transportista el que ha realizado dicha carga, por este motivo se le ha pedido a la DGT (Dirección General de Tráfico) que aclare todas las dudas con respecto a las inspecciones y también las dudas con respecto a las obligaciones.
No obstante, hoy en día, las responsabilidades están fijadas de la siguiente manera:
- El responsable será el cargador (persona física o jurídica responsable de las operaciones de carga) y a falta de éste, el transportista.
A pesar de ello, continúa siendo un tema controvertido y que no está claramente definido.
Sanciones por carga mal sujeta
En relación a las sanciones por la carga mal sujeta, cabe referenciar la Ley de Seguridad Vial y la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, donde se hace alusión a las siguientes infracciones:
- Infracción leve: son las infracciones que se dan cuando la sujeción de la carga está correcta pero se pueden hacer recomendaciones para mejorar la seguridad vial.
- Infracción grave: se considera una infracción grave si se lleva a cabo la conducción de un vehículo con una carga que esté mal acondicionada o bien que esa carga esté en peligro de caída. La sanción económica puede ascender hasta los 200 euros en estos casos.
- Infracción muy grave: se considera una infracción muy grave, según la Ley de Tráfico, si ha caído la carga de un vehículo por colocarse de forma incorrecta o bien por superar el peso, suponiendo esta caída un peligro para el resto de usuarios de la carretera. Debes saber que además de la sanción que te pueden poner desde Tráfico, que en estos casos es de 500 euros, también puedes ser sancionado de acuerdo a la ley LOTT ( Ley de Ordenación de Transporte Terrestre) y que dependiendo de cómo se considere esta infracción puede tener un importe de entre 400€ a 6000€.
Multas por exceso de peso
¿Cuáles son las multas por exceso de peso? ¿Quién paga la multa por exceso de peso? Te contamos a continuación todo sobre las multas por exceso de peso en camiones.
El exceso de peso sobre la masa máxima autorizada es una de las infracciones más comunes en el transporte de mercancías y puede conllevar diferentes sanciones, en función del peso que sobrepase y del peligro que suponga, que pueden oscilar entre los 301 euros y los 4.000 euros, todo dependerá de la gravedad de la infracción cometida.
Si como transportista cometes una infracción grave por exceso de peso podrás perder la honorabilidad del gestor de transporte durante un año como máximo. No obstante, esto solo puede suceder si has cometido alguna infracción en el año anterior de carácter grave.
Respecto a lo que sucede si los agentes de tráfico detectan esta infracción, debes saber que se puede llegar a inmovilizar el vehículo, siempre y cuando la inmovilización del mismo no suponga un peligro para la seguridad vial. En tal caso, deberás llevarlo a la zona indicada por los agentes.
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Por último, recuerda que si tienes demasiadas sanciones, del tipo que sean, y has perdido puntos del carnet… puedes realizar uno de nuestros cursos de recuperación de puntos en tu ciudad cómodamente, antes de perder el carnet de conducir. En Academia del Transportista nos dedicamos a la enseñanza de transportistas profesionales y ofrecemos cursos de recuperación total y parcial de puntos del carnet de conducir.
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