Competencia Profesional del Transporte: Contrato Mercantil de Mercancías.
Necesitas conocer los siguientes términos dentro del Título de Transportista.
Contrato Mercantil de Mercancías dentro de la Competencia Profesional del Transporte.
El contrato de transporte es un acuerdo consensual, bilateral y oneroso mediante el cual una persona (cargador) contrata a otra (porteador) para trasladar mercancías de un lugar a otro bajo su custodia y a cambio de un precio. En España, el transporte de mercancías por carretera se rige por la Ley 15/2009.
Elementos del Contrato de Transporte
1. Elementos personales:
- Cargador o remitente: Persona física o jurídica que solicita el transporte y declara el contenido de la mercancía.
- Porteador o transportista: Responsable de trasladar y entregar la mercancía en las condiciones acordadas.
- Consignatario o destinatario: Persona a quien se debe entregar la mercancía.
- Operador de transportes: Intermediario habilitado para contratar el transporte en nombre de otras empresas.
- Comisionista: Actúa como intermediario entre el cargador y el transportista.
2. Elementos reales:
- Mercancía: Puede ser sólida, líquida o gaseosa.
- Precio: Debe ser cierto y determinado antes del transporte, pudiendo pagarse de manera anticipada (portes pagados) o a la entrega (portes debidos).
- En ausencia de un acuerdo previo, se aplicará el precio usual del mercado según el Observatorio de Costes del Ministerio de Fomento.
Clasificación de los Transportes.
- Según su naturaleza:
- Público (por cuenta ajena, mediante retribución).
- Privado (por cuenta propia).
- Según el objeto transportado:
- Mercancías.
- Viajeros.
- Según su régimen jurídico:
- Ordinarios.
- Especiales (mercancías peligrosas, urgentes, etc.).
Carta de Porte
Es un documento probatorio del contrato de transporte, emitido en tres copias: para el cargador, el porteador y el destinatario. Aunque no es obligatorio, su existencia facilita la resolución de disputas.
Carga y Descarga
- El cargador tiene 2 horas para realizar la carga una vez el vehículo esté disponible.
- El destinatario dispone del mismo tiempo para la descarga.
- La responsabilidad de carga y estiba recae en el cargador, y la de descarga en el destinatario, salvo pacto en contrario.
- Si el vehículo es paralizado más allá del tiempo permitido, el transportista puede exigir una indemnización.
Responsabilidad del Porteador
- Comienza al recibir la mercancía y finaliza al entregarla en las condiciones acordadas.
- No es responsable de daños derivados de causas inevitables, vicios de la mercancía o embalaje defectuoso.
- En caso de retraso, la indemnización máxima será el precio del transporte, salvo pacto en contrario.
- La pérdida total o parcial de la mercancía se indemniza según su precio de mercado o el valor pactado.
Transporte de Mercancías Peligrosas
El transportista no informado de la peligrosidad de la carga puede descargarla, neutralizarla o devolverla al remitente.
Prescripción de Acciones
- Un año en general, dos años si hubo dolo o negligencia grave.
- Para pérdida o avería, el plazo se cuenta desde la entrega.
- Para pérdida total, el plazo inicia 20 días después del vencimiento del plazo de entrega.
Tipos de Transporte Especial
- Colaboración entre transportistas: Se permite cuando un transportista no tiene capacidad suficiente.
- Transporte sucesivo: Varios transportistas realizan el traslado, pero la responsabilidad es solidaria.
- Transporte multimodal: Se combinan varios medios de transporte (terrestre, marítimo, aéreo, ferroviario) bajo un solo contrato.
Este contrato juega un papel clave en la logística y comercio, asegurando el cumplimiento de las obligaciones entre las partes involucradas.
Condiciones Generales De Contratación Para Un Transportista.
Las condiciones generales de contratación en transporte nacional de mercancías son supletorias a lo pactado por las partes y son aprobadas por el Ministerio de Fomento.
Contrato y formalización:
- Tiene carácter mercantil.
- Debe constar por escrito si alguna de las partes lo exige.
Envío y soportes:
- Consiste en la entrega de mercancía desde un único punto de carga a un solo destinatario.
- Si el cargador aporta soportes, el transportista no está obligado a devolverlos.
Entrega al porteador:
- El remitente debe entregar el envío en el lugar, fecha y hora acordados. Si no se pacta la hora, el porteador debe presentarse antes de las 18:00.
- El transportista puede rechazar envíos mal acondicionados o sospechosos de declaración falsa.
Itinerario:
- Debe seguir la ruta pactada o, en su defecto, la más corta o conveniente.
- Solo puede cambiar el recorrido por fuerza mayor y debe justificar costos adicionales.
Entrega al destinatario:
- Si la entrega es en locales del porteador, debe avisar al destinatario con 5 días laborables de plazo para recoger el envío.
- Si no se recibe la mercancía en 20-30 días, se considera perdida.
- En caso de rechazo del destinatario, el remitente debe dar instrucciones o la mercancía se deposita ante la Junta Arbitral.
Reembolso:
- Si el remitente lo solicita, el porteador cobra un importe al destinatario antes de entregar la mercancía.
- Si el destinatario se niega a pagar, se entiende que rechaza el envío.
Reservas y reclamaciones:
- Daños visibles deben reclamarse por escrito al recibir la mercancía.
- Daños ocultos deben notificarse en 7 días.
- Retrasos solo generan indemnización si se reclama en 21 días.
Puntos de Interés relacionado con la Competencia Profesional del Transporte.
–Competencia Profesional del Transportista (DAC Docencia).
–Competencia del Transporte (EcoDriver).
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