Competencia Profesional del Transporte: Elementos de Derecho Privado

Elementos de Derecho Privado en la Competencia Profesional del Transporte.
Tabla de contenidos

Necesitas conocer los siguientes términos dentro del Título de Transportista.

Nociones Básicas Sobre Los Contratos En General a tener en cuenta en la Competencia Profesional del Transporte.

Un contrato se forma cuando dos o más personas dan su consentimiento y asumen obligaciones mutuas. Para que sea válido, debe cumplir con estos elementos esenciales:

  • Consentimiento: Ambas partes deben aprobar el acuerdo. Los menores no emancipados y los incapacitados no pueden contratar, ya que carecen de capacidad jurídica.
  • Objeto: Pueden ser bienes o servicios siempre que sean posibles, lícitos y determinados.
  • Causa: Es la relación entre las partes que justifica el contrato.

El consentimiento puede darse de forma verbal o escrita. Los contratos verbales son válidos, salvo cuando la ley exige una forma específica. Si se formaliza ante notario, el documento tiene valor probatorio.

  • Incumplimiento del contrato: Puede ser parcial o total, definitivo o temporal, e imputable o no al deudor. No hay responsabilidad en casos de fuerza mayor, salvo acuerdo en contrario.
  • Oferta contractual: Es la declaración de voluntad de una persona proponiendo la celebración de un contrato.

Contrato de Compraventa dentro de la Competencia del Transporte.

El contrato de compraventa es aquel en el que el vendedor se obliga a entregar un bien determinado y el comprador a pagar un precio cierto en dinero o su equivalente. En esencia, es un intercambio de una cosa por un precio.

contrato de compraventa en la Competencia del Transporte

Características del contrato de compraventa:

  • Consensual: Se perfecciona con el simple acuerdo entre las partes.
  • Bilateral: Genera obligaciones para ambas partes.
  • Oneroso: Implica un beneficio y un sacrificio para cada parte.

Elementos esenciales

Los elementos reales del contrato son la cosa y el precio, el cual debe estar determinado en dinero o en un signo que lo represente.

Obligaciones de las partes

  • Vendedor: Debe conservar el bien hasta su entrega, realizar la entrega y responder por saneamiento y vicios ocultos.
  • Comprador: Debe pagar el precio acordado en el lugar y tiempo fijados. Si no se estipula un momento de pago, este se hará al momento de la entrega.

El vendedor responderá por los vicios ocultos, es decir, defectos no visibles que impidan el uso normal del bien adquirido.

Tipos de contratos de compraventa

  • Civil: Cuando la adquisición es para uso personal del comprador.
  • Mercantil: Cuando la adquisición se hace con el propósito de revender el bien con ánimo de lucro.

Diferencia con la permuta

El contrato de permuta se diferencia del de compraventa porque implica el intercambio de un bien por otro, sin que intervenga dinero como precio.

Contrato de Arrendatario en el Título del Transportista.

El contrato de arrendamiento es un acuerdo en el que una parte (arrendador) cede el uso o goce de un bien a otra (arrendatario) a cambio de un precio y por un tiempo determinado.

contrato de arrendatario

Características del contrato de arrendamiento

  • Consensual: Se perfecciona con el simple acuerdo entre las partes.
  • Temporal: Debe establecerse un plazo fijo y determinado.

Bienes que pueden ser objeto de arrendamiento

  • Cosas (como inmuebles, vehículos, maquinaria).
  • Servicios (prestación de trabajo especializado).
  • Obras (ejecución de proyectos o construcciones).

Obligaciones de las partes

  • Arrendador: Debe entregar el bien al arrendatario y garantizar su conservación para el uso acordado.
  • Arrendatario: Debe pagar la renta, hacer un uso diligente del bien, responder por su deterioro y devolverlo en el estado en que lo recibió.

Es importante destacar que el arrendatario no adquiere la propiedad del bien, sino solo el derecho a su uso y disfrute mientras dure el contrato.

Contrato de Depósito en la Competencia del Transporte.

El contrato de depósito es un acuerdo mediante el cual el depositante entrega un bien mueble al depositario para su custodia, con la obligación de restituirlo cuando el depositante lo solicite.

contrato de deposito

Características del contrato de depósito

  • Real: Se perfecciona con la entrega efectiva del bien al depositario.
  • Oneroso: El depositario tiene derecho a exigir retribución por su servicio, salvo pacto en contrario.

Partes del contrato

  • Depositante: Propietario del bien depositado, quien debe pagar por el depósito.
  • Depositario: Persona encargada de custodiar y devolver el bien cuando sea requerido.

Tipos de depósito

  • Regular: Se devuelve la misma cosa entregada.
  • Irregular: Se devuelve otro tanto de la misma especie y calidad, como en el caso de dinero.

Obligaciones del depositario

  • Conservar y devolver el bien en las condiciones en que fue recibido.
  • Comunicar al depositante si el bien corre riesgo de deterioro.
  • Responder por daños y perjuicios si actúa con negligencia o malicia.
  • Puede ejercer el derecho de retención hasta que se le abone el pago del depósito.

Depósito mercantil

Para que un depósito sea considerado mercantil, deben cumplirse estas condiciones:

  1. El depositario debe ser comerciante.
  2. Los bienes depositados deben ser objeto de comercio.
  3. El depósito debe derivar de una operación mercantil.

Si el depositante permite que el depositario use los bienes depositados, el contrato se transforma en un préstamo mercantil, aplicándose sus normas específicas.

Contrato de Comisión en la Competencia del Transporte.

El contrato de comisión es un acuerdo consensual, bilateral y oneroso, en el que una persona (comitente) encarga a otra (comisionista) la realización de un acto o contrato mercantil. Se trata de un mandato de naturaleza comercial.

contrato de comisión

Partes del contrato

  • Comitente (mandante): Encarga la ejecución de un acto de comercio.
  • Comisionista (mandatario): Cumple con la comisión encomendada.

Obligaciones de las partes

Del comitente:

  • Pagar la comisión acordada.
  • Resarcir los gastos y desembolsos del comisionista.
  • Proveer fondos si es necesario para ejecutar la comisión.

Del comisionista:

  • Ejecutar la comisión conforme a las instrucciones recibidas.
  • Cumplir el encargo personalmente, salvo autorización para delegarlo.
  • Usar los fondos recibidos para el fin encomendado.
  • Rendir cuentas y comunicar los resultados al comitente.

Aspectos clave del contrato de comisión

  • Debe haber al menos un comerciante entre las partes.
  • Si el comisionista contrata en nombre propio, responderá como si el negocio fuera suyo.
  • Si rechaza la comisión, debe comunicarlo de inmediato al comitente.
  • La provisión de fondos no es obligatoria, pero si el comisionista la solicita y no se le entrega, no está obligado a cumplir el encargo.
  • El contrato puede extinguirse por revocación del comitente o fallecimiento del comisionista.

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