ADR Básico: Las Normas.

Las Normas en el ADR Básico.
Tabla de contenidos

Necesitas conocer los siguientes términos dentro del ADR Básico.

Normas de Conducción en el Carnet ADR.

El acompañante del conductor: Es una persona autorizada que acompaña al conductor por razones de seguridad, protección, formación o explotación. No necesita una autorización especial, pero debe estar capacitada para usar los medios de extinción de incendios. En el caso de transporte de explosivos, su presencia es obligatoria y debe ser un vigilante de seguridad.

Transporte de viajeros: Se prohíbe transportar viajeros en vehículos que transporten mercancías peligrosas, además de los miembros de la tripulación.

Prohibición de fumar: Está prohibido fumar dentro del vehículo y en sus cercanías durante las operaciones de carga, descarga o manipulación de mercancías, incluyendo el uso de cigarrillos electrónicos.

Tasas de alcoholemia: Los conductores no deben conducir bajo la influencia de alcohol, ya que afecta la percepción, atención y reacción. La tasa de alcoholemia permitida es estricta.

Pruebas de alcoholemia: Los conductores están obligados a someterse a las pruebas para detectar alcohol en su organismo. Negarse a hacerlas puede acarrear sanciones administrativas y penales, como la retirada del permiso de conducción y pena de prisión.

alcohol dentro del adr básico

Normas de Circulación en ADR Básico.

Limitación en el número de unidades transportadas: Según el ADR, una unidad de transporte cargada con mercancías peligrosas no puede llevar más de un remolque o semirremolque. Sin embargo, puede transportarse más de un remolque si se cumplen ciertos requisitos, como la normativa de combinaciones de vehículos en el país de operación y la aprobación del uso de un convertidor Dolly. Además, está prohibido que los remolques cuenten con sistemas de frenado eléctrico por recuperación o propulsión eléctrica.

transporte de mercancias

Velocidad: Límites máximos y mínimos: Los vehículos de mercancías peligrosas deben respetar los límites de velocidad en vías urbanas e interurbanas, dependiendo del tipo de vehículo y la vía. Las limitaciones específicas no se pueden reducir.

Adecuación de la velocidad a las circunstancias: Los conductores deben ajustar su velocidad según las condiciones físicas y psíquicas, el estado de la vía, el vehículo, la carga y las condiciones meteorológicas, asegurándose de poder detenerse a tiempo ante cualquier obstáculo.

Distancias de seguridad entre vehículos: El conductor de un vehículo de mercancías peligrosas debe aumentar la distancia de seguridad para poder frenar sin colisionar en caso de emergencia. Fuera de poblado y sin prohibición de adelantar, los vehículos de más de 3.500 kg o 10 metros de longitud deben mantener una separación mínima de 50 metros. En túneles, se debe dejar una distancia de 150 metros o 6 segundos.

Limitaciones de Circulación a Vehículos que transporten Mercancías Vehículos en el Carnet ADR.

Utilización de autopistas y autovías: Los camiones que transportan mercancías peligrosas pueden circular a un máximo de 80 km/h por autopistas y autovías, que son las vías más adecuadas para este tipo de transporte. Además, están obligados a usar autopistas si viajan por una vía de un solo carril con itinerarios coincidentes.

Paso por poblaciones: Los vehículos que transportan mercancías peligrosas deben pasar por circunvalaciones si existen, eligiendo la más exterior cuando haya varias. Pueden establecerse restricciones de circulación temporales o permanentes para garantizar la seguridad o fluidez del tráfico, afectando a camiones con masa máxima superior a 3.500 kg y vehículos especiales.

Itinerarios alternativos: Los vehículos deben seguir los itinerarios de la Red de Itinerarios de Mercancías Peligrosas (RIMP), que priorizan autopistas, autovías y plataformas desdobladas. Pueden abandonarlos en casos específicos como destinos cercanos o mantenimiento. Para ciertas rutas, es necesario solicitar un permiso especial a la Dirección General de Tráfico.

Señales de circulación: Las señales específicas para el transporte de mercancías peligrosas incluyen indicaciones sobre vehículos que transportan sustancias explosivas, inflamables o contaminantes del agua.

señales

Prohibición de circular en determinados días y horas: Se prohíbe circular en días festivos y domingos de 8 a 24 horas, y en vísperas de festivos (miércoles o jueves) de 16 a 24 horas. En caso de varios días festivos consecutivos, las restricciones solo aplican al primer y último día de forma parcial. Sin embargo, hay excepciones a estas restricciones, como las establecidas por la RIMP.

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