Lograr la implantación e-Learning en la formación continua CAP, una prioridad para el sector del transporte
Los transportista solicitan amparo al Defensor del Pueblo ante la negativa del ministerio de transporte de incluir el e-Learning en la formación continua CAP de los conductores y conductoras profesionales
AT Academia del Transportista ha solicitado la intervención del Defensor del Pueblo porque el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana está a punto de cometer un error histórico que no sólo causará un perjuicio profesional, social, personal y familiar que perjudicará a conductores/as profesionales de transporte de Mercancías y Viajeros, sino que también les expondrá a un mayor riesgo sanitario de contagio frente al COVID-19.
El Mitma tiene que transponer la Directiva (UE) 2018/645, donde los Estados miembros deben disponen de la posibilidad de mejorar y modernizar la formación a través de instrumentos basados en las tecnologías de la información y la comunicación (como el aprendizaje electrónico y el aprendizaje mixto) en parte de los cursos, garantizando al mismo tiempo su calidad. En dicha Directiva, de forma explícita, se menciona que en la formación continua CAP, de 35 horas de duración (obligatoria para el desempeño profesional salvo excepciones), se puedan impartir hasta 12 horas de formación en la modalidad de teleformación o e-Learning.
A pesar de lo anterior, el Mitma pretende dar la espalda a la innovación tecnológica y digital, manteniendo un modelo de formación propio del siglo pasado, pues su intención es que de la posibilidad que proponen desde Europa de elegir entre 0 y 12 horas, han decidido mantener 0 horas de formación e-Learning, tal como sucede en la actualidad.
Argumentos relacionados con la innovación digital de la enseñanza, con facilitar el acceso a la formación a la España despoblada, con contribuir a evitar desplazamientos a las aulas (mejorando seguridad vial y contaminación), con favorecer la conciliación personal y familiar (al no estar sometidos a lugares ni horarios de formación) y sobre todo con evitar 12 horas de aula que aumentan riesgos de contagios derivados del COVID-19 (o de futuras pandemias) a una población como la de los conductores profesionales cuyo perfil de edad les incluye en el grupo de los más vulnerables, son las que motivan esta queja ante el Defensor del Pueblo.
Los transportistas hemos esperado 15 años para que el parlamento europeo modifique y modernice la formación, y España no puede permitir, enrocándose en un modelo de formación que pertenece al siglo pasado, quedarse una vez más en el furgón de cola de la innovación y el progreso en Europa. Nuestros transportistas quieren la modalidad mixta de formación y no puede negárseles la teleformación como complemento a la formación presencial. Es inconcebible que las tendencias privilegiando el e-Learning adoptadas por todas las administraciones españolas, europeas y mundiales que tienen relación con la educación y la formación, no vayan a ser tenidas en cuenta por “Transportes”.
Desde AT Academia del Transportista hemos intentado por todos los medios que se respete la voluntad europea y de los conductores y conductoras profesionales. Para lo anterior hemos participado en los procesos previos a la publicación del real decreto definitivo y hemos pedido la intervención del Ministro, pero según nos confirman desde la Subdirección General de Ordenación y Normativa del Mitma, España finamente elegirá 0 horas de teleformación.
Para Luis Miguel Soto, CEO de AT Academia del Transportista, el Mitma ha olvidado poner en el centro de la decisión al conductor y conductora profesional y, de forma incomprensible, les va a causar un perjuicio que atenta incluso a su protección sanitaria frente a la pandemia. El hecho de que la Directiva Europea no establezca por obligación que un tercio de la formación obligatoria del CAP Continua pueda darse en teleformación es en atención a la realidad digital de los países, pero España es el quinto país de la UE con mejor conectividad ya que posee el 80% de cobertura de fibra frente al 34% de la media europea y además se encuentra entre los mejores países analizando el “Índice de Economía y Sociedad Digital”. No existe, por tanto, ninguna razón objetiva para condenarnos a una formación obsoleta que no tenga en cuenta las ventajas de la teleformación en la formación de nuestros conductores y conductoras.
Europa 12 – España 0. Los 12 perjuicios de no implantar la teleformación para el Transporte.
Este símil deportivo resume la realidad en la que va a quedar España si el Ministerio de transportes mantiene su intención inicial de no incorporar ni una sola hora de teleformación en la formación continua obligatoria de nuestros conductores y conductoras. Los 12 goles, o los 12 perjuicios pueden resumirse en:
- Seguridad Sanitaria (COVID): mayor tiempo de convivencia en aula = mayor probabilidad de contagio.
- Seguridad Vial: mayor nº de desplazamientos a los centros de formación = mayor riesgo.
- Cambio Climático: mayor nº de desplazamientos a los centros de formación = mayor contaminación.
- España Vaciada: mayor dificultad de acceso a la formación en las zonas despobladas donde no existen centros.
- Conciliación familiar: las formaciones suelen realizarse en fin de semana o tiempos de descanso de los transportistas dificultando la convivencia familiar.
- Brecha Digital: perdemos el tren europeo de las competencias digitales (tendencia electrónica en documentación usada en los transportes).
- Innovación: facilidad de incorporación de metodologías innovadoras virtuales atractivas.
- Aprendizaje activo: interacción y retroalimentación de lo aprendido.
- Recursos virtuales ilimitados: posibilidad infinita de incorporar productos digitales.
- Flexibilidad horaria: a la hora de elección del transportista.
- Flexibilidad de lugar: a el lugar de elección del transportista.
- Flexibilidad de tiempo: con la duración deseada.
Por todo lo anterior, AT Academia del Transportista ha solicitado que el Defensor del Pueblo interceda ante el Ministerio de Transportes antes de que el error se transforme en irreversible y los perjuicios ya señalados anteriormente se confirmen.