La más completa información sobre vehículos pesados
Hasta hoy, los vehículos pesados no se encuentran definidos de forma explícita ni en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, ni en el Reglamento General de Circulación, ni el Reglamento General de Vehículos. Sin embargo, sí podemos encontrar este concepto citado, refiriéndose a vehículos destinados al transporte de mercancías cuya MMA exceda de 3.500 kg o al transporte de viajeros con 8 plazas más la del conductor.
A lo largo del artículo, hacemos un repaso de la información más relevante sobre los vehículos pesados: restricción para los vehículos pesados, tipos, carnet necesario… y mucho más.
Restricciones | Reglamento
Existen diferentes restricciones para estos vehículos. Una de las más relevantes es la que se establece en el artículo 14 del Reglamento General de Vehículos: “no se permitirá la circulación de vehículos cuyas masas, dimensiones y presión sobre el pavimento superen a los establecidos a las disposiciones que se determinan en el anexo IX y en la reglamentación que se recoge en el anexo I”.
Tipos
¿Cuáles son los vehículos pesados? Elaboramos una lista de los diferentes tipos de vehículos pesados que podemos encontrar:
- Camión: vehículo destinado al transporte de mercancías con la cabina del conductor no integrada.
- Furgón: vehículo destinado al transporte de mercancías con la cabina del conductor integrada.
- Autobús: vehículo destinado al transporte de viajeros con más de 9 plazas incluida la del conductor.
- Autobús articulado: vehículo compuesto por dos partes rígidas que se comunican entre sí.
- Tractocamión: vehículo construido para arrastrar un semirremolque.
- Remolque: vehículo remolcado por un vehículo a motor.
- Semirremolque: vehículo que se acopla a un automóvil.
- Tren de carretera: vehículo constituido por un vehículo a motor y un remolque enganchado.
- Vehículo articulado: conjunto de vehículos constituid por un vehículo a motor al que se acopla un semirremolque.
- Vehículo mixto adaptable: es un vehículo dispuesto para el transporte de mercancías y pasajeros.
- Tranvía: vehículo que marcha por railes. Aunque no está incluido dentro de los vehículos pesados al no considerarse totalmente un vehículo. No obstante, merece la pena mencionarlo dado que cumple con otras características, por ejemplo: que está diseñado para el transporte de mercancías y de viajeros, su peso…
Todos los vehículos a motor que hemos citado se consideran pesados siempre y cuando superen los 3.500 kg de MMA.
Los remolques se consideran pesados si superan los 750 Kg de MMA.
Masas máximas permitidas
No se permite la circulación a vehículos con ruedas neumáticas o de elasticidad similar que ejerzan sobre el pavimento una presión superior a 9 kg por centímetro cuadrado de superficie bruta de apoyo.
Los vehículos cuyo sistema de rodadura tenga superficies metálicas, estriadas o con salientes, no podrán circular por las vías públicas sin colocar sobre aquellas otras bandas elásticas de contacto exterior con el pavimento.
Tampoco se permite la circulación a vehículos que en los neumáticos soporten cargas superiores a las que establezcan las normas de seguridad, a trenes de carretera que cuenten con una distancia entre el eje posterior y delantero del remolque inferior a tres metros, a vehículos cuya masa soportada por el eje motor sea inferior al 25% de la masa total en carga del vehículo y a los vehículos de motor de 4 ejes cuya MMA en toneladas sea superior a 5 veces la distancia en metros que existe entre los ejes extremos del vehículo.
Si deseas conocer todas las excepciones y la normativa de forma más específica en función del número de ejes de cada vehículo consulta la página 15 del Reglamento de Vehículos Pesados.
Longitudes máximas permitidas
Respecto a las longitudes máximas permitidas cabe señalar que la longitud máxima permitida para vehículos a motor (excepto autobuses) y remolques es de 12 metros, para vehículos articulados (excepto autobuses articulados) es de 16,5 metros, para los trenes de carretera es de 18,75 metros, para los autobuses articulados es de 18,75, para los autobuses rígidos de 2 ejes es de 13,5 metros, para los autobuses rígidos demás de dos ejes es de 15 metros y para los autobuses con remolque es de 18,75.
Aunque esto no es todo. Las longitudes también tienen muchas peculiaridades y excepciones. Toda esta información mucho más extendida puedes consultarla en la página 20 del reglamento al que hacíamos mención con anterioridad.
Anchuras máximas permitidas
La anchura máxima autorizada es de 2,55 metros. No obstante, existen dos excepciones:
- Superestructuras de vehículos acondicionados: se permite la circulación de estos vehículos con una anchura de 2,60 metros.
- Autobuses acondicionados para el traslado de presos: también se permite una anchura máxima de 2,60 metros.
Alturas máximas permitidas
La regla general establece que la altura máxima permitida en los vehículos pesados es de 4 metros, con la carga incluida. Sin embargo, existen algunas excepciones de vehículos en los que se permite una altura de 4,5 metros:
- Portavehículos
- Vehículos grúa
- Vehículos que transportan contenedores cerrados homologados para el transporte combinado o intermodal.
Y de 4,2 metros en los autobuses de clase I(urbano).
Otras limitaciones sobre dimensiones y su carga
Existen otras limitaciones relacionadas con las dimensiones y carga. Te las contamos a continuación:
- La carga del vehículo nunca debe comprometer la estabilidad del vehículo, perjudicar las obras y plantaciones de la vía, o ser un obstáculo para el paso del vehículo por túneles, viaductos, etcétera.
- Radio de giro: deben ser capaces de describir una trayectoria circular de 360 grados por ambos lados.
- Para los autobuses, se determinará, trazando una recta en el suelo un plano vertical tangente respecto del costado del vehículo orientado hacia el exterior del círculo. Si el autobús es articulado, las dos partes rígidas deben alinearse con el plano. Cuando al maniobrar en línea recta el autobús entre en la superficie circular descrita, ninguna parte debe rebasar los 0,60 metros respecto al plano vertical.
- Requisitos para vehículos de categorías M2, M3 y N: cuando el vehículo avance hacia un lado u otro siguiendo el círculo de 12,5 metros de radio, ninguna parte de dicho vehículo rebasará el plano vertical en más de 0,8 metros, en el caso de un vehículo rígido, ni 1,2 metros en un vehículo articulado perteneciente a las categorías M2 y M3. Si el vehículo pertenece a la categoría N, y posee ejes retráctiles o descargables en posición elevada el límite será 1 metro.
Categorías de vehículos
Existen 3 categorías de vehículos: la categoría M, N y O.
A continuación, te explicamos qué vehículos se incluyen en cada una de ellas:
Categoría M
Son los vehículos de motor para el transporte de personas y equipaje. Podemos distinguir entre:
- M1: vehículos con 8 plazas de asiento más la del conductor. No tiene espacio para pasajeros que vayan de pie.
- M2: vehículos con 8 plazas de asiento más la del conductor. Con espacio para pasajeros de pie y que no supere las 5 toneladas.
- M3: son vehículos iguales que los de categoría M2 pero pueden superar las 5 toneladas.
Categoría N
Estos vehículos a motor incluyen todos los dedicados al transporte de mercancías.
- N1: vehículos que no superen las 3,5 toneladas de MMA.
- N2: vehículos entre las 3,5y 12 toneladas de MMA.
- N3: vehículos con una MMA superior a las 12 toneladas.
Categoría O
Son los remolques concebidos para el transporte de mercancías o de personas. Podemos distinguir entre:
- O1: la MMA no puede superar las 0,75 toneladas.
- O2: la MMA debe oscilar entre las 0,75 y las 3,5 toneladas.
- O3: la MMA debe oscilar entre las 3,5 y las 10 toneladas.
- O4: vehículos cuya MMA sea superior a las 10 toneladas.
Carnet necesario para el transporte
Algunos de los carnets necesarios para el transporte de vehículos pesados son los siguientes:
Permiso de conducir C1
Este permiso es necesario para conducir camiones que no excedan los 7.500kg de MMA. Con este carnet de conducir no se pueden transportar más de 8 pasajeros y un remolque ligero que no supere los 750 kg.
Permiso de conducir C1+E
El permiso C1+E te permitirá conducir los camiones que te permite el carnet C1 y, además, un remolque o semirremolque inferior a los 750kg y con un total que no exceda los 12.000kg de MMA.
Permiso de conducir C
Para obtener este permiso es necesario que tengas como mínimo 18 años de edad. Con este carnet estarás autorizado a conducir camiones sin límite de peso, a diferencia de lo que te permite el carnet C1.
Permiso de conducir camión, remolque y tráiler C+E
Es el conocido ‘carnet de tráiler’, apto para conducir vehículos acoplados compuestos por un remolque y aquellos que te permite conducir el carnet C. Es necesario tener como mínimo 18 años de edad y disponer del permiso de conducir C. El remolque o semirremolque que se permite con el C+E puede superar los 750 kg, y además, con él podrás conducir camiones de sin limitación de MMA.
Permiso de conducir D1
Este permiso de circulación te autoriza a conducir autobuses que no superen los 16 pasajeros. Además, el D1 también pone límites en cuanto a la longitud del vehículo: no debe exceder los 8 metros.
Permiso de autobús y remolque D1+E
El carnet D1+E tiene los mismos requisitos que el carnet D1, solo que este te permite colocar un remolque que exceda los 750kg.
Permiso de autobús D
El permiso de autobús D te permite conducir autobuses con un número de pasajeros superior a 16 y, además, también permite un remolque que no exceda de los 750kg. Para obtener este permiso de conducir es necesario que tengas como mínimo 18 años de edad.
Permiso de autobús D +E
El permiso de autobús D + E te permite conducir autobuses con remolque que superen los 750kg. Para obtener este permiso de conducir es necesario que tengas como mínimo 18 años de edad.
Cursos complementarios para habilitar profesionales
Para conducir vehículos pesados, como conductor profesional, es necesario realizar algunos cursos complementarios, aunque dependerán del tipo de vehículos que desees conducir. A continuación, te citamos algunos de los cursos más demandados:
- Curso CAP inicial: para la obtención del Certificado de Aptitud Profesional necesario para el transporte de mercancías y viajeros. Si este curso lo obtienes el la modalidad ordinaria te permitirá acceder a los permisos de conducir con 18 años.
- Curso para la obtención del carnet C: con este curso para conducir camiones podrás conducir los vehículos pesados destinados al transporte de mercancías.
- Curso para la obtención del carnet D: con este curso para conducir autobuses podrás conducir los vehículos pesados destinados al transporte de viajeros.
- Curso para la obtención del carnet C+E: por último, te mencionamos el curso para conducir tráilers.
- ADR: El curso de ADR es obligatorio si quieres dedicarte transportar mercancías peligrosas.
- Título de transportista: Obtener el título de transportista es obligatorio para toda empresa dedicada al transporte de mercancías o viajeros . Si un conductor desea transportar viajeros o mercancías en las carreteras es necesario que obtenga este título o bien que cuente con un gestor que acredite a la empresa de dicho transportista.
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