¿Cómo hacer el informe anual 2024 del Consejero de Seguridad de Mercancías Peligrosas?

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Tabla de contenidos

Hasta el 31 de marzo de 2025, todas las empresas, incluidos transportistas autónomos, que transporten mercancías peligrosas por carretera, ferrocarril o vías navegables, o que sean responsables de operaciones de carga o descarga, deberán presentar el Informe Anual 2024. Esta obligación incluye a las empresas expedidoras, según la modificación del ADR en 2019, que exige la designación de un Consejero de Seguridad desde el 1 de enero de 2023.

El informe debe remitirse de forma telemática a través de la aplicación del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Es necesario disponer de un certificado electrónico y una clave de identificación facilitada por la Comunidad Autónoma donde radique la sede social de la empresa. En el caso de la CAV, solo se admiten informes enviados por esta vía, siendo válidas las claves de años anteriores salvo cambios en el NIF.

Se requiere conservar una copia del informe por cinco años, e incluir información detallada de los centros de trabajo, actividades realizadas y los equipos de transporte empleados, entre otros aspectos.

Contenido del informe

El informe debe ser elaborado por el Consejero de Seguridad, quien está encargado de prevenir riesgos para las personas, los bienes y el medio ambiente derivados de dichas actividades. Su contenido mínimo se detalla en el Anexo de la Orden FOM/606/2018 que puedes descargar aquí.

Datos generales de la empresa· Razón social y CIF
· Actividad principal
· Localización y centros operativos
Descripción de las
actividades
relacionadas con
mercancías peligrosas
. Tipos de mercancías peligrosas transportadas, cargadas o descargadas.
· Cantidades gestionadas.
· Modalidades de transporte utilizadas (carretera, ferrocarril, etc.).
Incidencias y
accidentes
· Relación de accidentes ocurridos durante el período, indicando causas y consecuencias.
· Medidas adoptadas para prevenir futuras incidencias.
Medidas de seguridad implementadas· Equipos y procedimientos utilizados para minimizar riesgos.
· Formación impartida a los empleados involucrados en la gestión de mercancías peligrosas.
Auditorías y revisiones
internas
· Resultados de las inspecciones realizadas
· Acciones correctivas implementadas
Cumplimiento normativo. Verificación de conformidad con el ADR (Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera) y otras normativas aplicables.
. Certificados y permisos actualizados.
Recomendaciones del Consejero de Seguridad. Sugerencias para mejorar la seguridad y eficiencia en las operaciones.
. Propuestas de inversión en formación, tecnología o infraestructuras.

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