La figura del Consejero de Seguridad de Mercancías Peligrosas está regulada por el Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero. Este real decreto deroga y sustituye al anterior Real Decreto 551/2006, de 5 de mayo, por el que se regulan las operaciones de Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera en territorio español, que incorporaba al Derecho español la Directiva 94/55/CE del Consejo, de 21 de noviembre, sobre aproximación de las legislaciones de los Estados miembros con respecto al transporte de mercancías peligrosas por carretera.
La regulación garantiza que todas las empresas que transportan Mercancías Peligrosas cuenten con un experto que supervise sus operaciones. Esto no solo protege a los trabajadores, sino también a la sociedad en general, evitando accidentes que podrían tener consecuencias graves para la salud pública y el medio ambiente.